Según la Constitución de 1978, en su título II, artículo 56.1, el rey:
”(…) ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y
las leyes”, y en el punto 3, “La persona del Rey es inviolable y no
está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en
la forma establecida en el artículo 64.1, careciendo de validez sin
dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65.2
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