Las delegaciones del
Gobierno Nacional y de las FARC-EP anunciamos que hemos llegado a un
Acuerdo Final, integral y definitivo, sobre la totalidad de los puntos
de la Agenda del Acuerdo General para la Terminación del Conflicto y la
Construcción de una Paz Estable y Duradera en Colombia.
Preámbulo
Recordando
que los diálogos de La Habana entre delegados y delegadas del Gobierno
Nacional, presidido por el Presidente Juan Manuel Santos y delegados y
delegadas de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército
del Pueblo, con la decisión mutua de poner fin al conflicto armado
nacional, tuvieron origen como resultado del Encuentro Exploratorio
sucedido en la capital de la República de Cuba entre el día 23 de
febrero y el día 26 de agosto de 2012;
Teniendo presente que como
resultado de los diálogos exploratorios referidos se produjo un Acuerdo
General para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz
Estable y Duradera, firmado en la fecha última citada ante testigos
nacionales y ante delegados de la República de Cuba y del Reino de
Noruega que sirvieron igualmente como testigos, y que, desde entonces,
asienten el proceso como países garantes;
Poniendo de presente que
la República Bolivariana de Venezuela y la República de Chile se han
aprestado en todo momento a sus buenos oficios como países acompañantes;
Recordando
que en desarrollo de la agenda aprobada en el Acuerdo en mención se dio
inicio a la Mesa de Conversaciones el día 18 de octubre de 2012 en la
ciudad de Oslo, capital del Reino de Noruega, para luego continuar en la
capital cubana sin solución de continuidad hasta el día de hoy que se
firma el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la
Construcción de una Paz Estable y Duradera;
Subrayando que el
Acuerdo Final que se suscribe en la fecha corresponde a la libre
manifestación de la voluntad del Gobierno Nacional y de las FARC-EP, al
haber obrado de buena fe y con la plena intención de cumplir lo
acordado;
Teniendo presente que el Artículo 22 de la Constitución
Política de la República de Colombia impone la paz como un derecho y un
deber de obligatorio cumplimiento; que el Artículo 95 afirma que la
calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad
nacional por lo que es deber de todos engrandecerla y dignificarla; que
el ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en la Constitución
implica responsabilidades, entre ellas, propender al logro y
mantenimiento de la paz;
Subrayando que la paz ha venido siendo
calificada universalmente como un derecho humano, y requisito necesario
para el ejercicio de todos los demás derechos y deberes de las personas y
la ciudadanía;
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